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03.5 — ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS — MODELO

Código: PDP-005 Versión: 1.0 — 16 de abril de 2026 Uso: Plantilla aplicable a empleados, contratistas, proveedores, aliados y terceros con acceso a datos personales o información confidencial de Fintrixs.

Soporta la pregunta P7 de los Due Diligence.


ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES (NDA + DPA)

Entre los suscritos, a saber:

  • FINTRIXS S.A.S. (en adelante, "FINTRIXS"), sociedad identificada con NIT 901.994.194-3, representada legalmente por quien firma al final de este documento; y
  • [NOMBRE DEL CONTRATISTA / PROVEEDOR / EMPLEADO] (en adelante, la "CONTRAPARTE"), identificad@ con [C.C./NIT] No. [], domiciliad@ en [].

Han convenido celebrar el presente acuerdo, conforme a las siguientes cláusulas:

Cláusula 1. Objeto

Regular la protección de la información confidencial y el tratamiento de datos personales a los que la CONTRAPARTE tenga acceso con ocasión de la relación con FINTRIXS.

Cláusula 2. Información confidencial

Se considera información confidencial, sin limitarse a:

  • Datos personales de titulares, comercios, empleados y aliados.
  • Información financiera, transaccional y de tarjetahabientes (incluido PAN y CVV).
  • Código fuente, arquitectura, credenciales, llaves criptográficas.
  • Estrategias comerciales, precios, márgenes y proyecciones.
  • Cualquier información marcada o que razonablemente deba considerarse como confidencial.

Cláusula 3. Obligaciones de la CONTRAPARTE

  1. Guardar estricta reserva sobre la información confidencial.
  2. Utilizarla únicamente para el cumplimiento del objeto contractual.
  3. No copiar, reproducir, transmitir, publicar o divulgar la información a terceros sin autorización escrita.
  4. Aplicar las mismas medidas de seguridad que FINTRIXS utiliza para proteger la información confidencial (cifrado, control de acceso, MFA, registro).
  5. Suscribir acuerdos equivalentes con cualquier subcontratista (cadena de confidencialidad).
  6. Notificar a FINTRIXS cualquier incidente de seguridad dentro de las 24 horas siguientes a su conocimiento.
  7. Devolver o destruir la información al finalizar la relación contractual, conforme a las instrucciones de FINTRIXS.

Cláusula 4. Tratamiento de datos personales — DPA

Cuando la CONTRAPARTE tenga calidad de encargado del tratamiento bajo la Ley 1581 de 2012:

  1. Tratará los datos únicamente conforme a las finalidades autorizadas y las instrucciones de FINTRIXS como Responsable.
  2. Implementará medidas técnicas y organizativas apropiadas (mínimo cifrado en reposo y tránsito, control de acceso por roles, MFA, logs y auditoría).
  3. Permitirá auditorías de seguridad por parte de FINTRIXS o de terceros independientes contratados por FINTRIXS.
  4. Atenderá, en coordinación con FINTRIXS, las solicitudes de ejercicio de derechos ARCO de los titulares.
  5. Notificará incidentes de seguridad que involucren datos personales dentro de las 24 horas siguientes a su detección.
  6. No realizará transferencias internacionales sin autorización expresa y sin cumplir con los artículos 26 y 27 de la Ley 1581/2012.

Cláusula 5. Duración

La obligación de confidencialidad subsistirá durante la relación contractual y por 5 años adicionales posteriores a su terminación. La obligación de protección de datos personales se mantendrá mientras la CONTRAPARTE conserve datos de FINTRIXS.

Cláusula 6. Propiedad intelectual

Toda la información confidencial y los productos derivados son propiedad exclusiva de FINTRIXS. La CONTRAPARTE no adquiere ningún derecho por la suscripción de este acuerdo.

Cláusula 7. Incumplimiento

El incumplimiento dará lugar a:

  1. Indemnización integral de los perjuicios causados (daño emergente y lucro cesante).
  2. Una cláusula penal equivalente al 20% del valor del contrato principal o, en ausencia de contrato remunerado, a una suma mínima de 50 SMMLV.
  3. Las acciones penales, civiles y administrativas que correspondan, incluyendo las previstas por la Ley 1581 de 2012 y el Código Penal (arts. 269A y ss).

Cláusula 8. Jurisdicción

Se somete al derecho colombiano y a la jurisdicción ordinaria de Bogotá D.C. Las controversias se resolverán, en primera instancia, mediante conciliación ante centro autorizado y, en su defecto, judicialmente.

Cláusula 9. Contacto y notificaciones

  • FINTRIXS: info@fintrixs.com / cumplimiento@fintrixs.com — Cra 78 No. 17-55, Of. 704, Bogotá.
  • CONTRAPARTE: [____].

Para constancia, se firma en dos ejemplares del mismo tenor, en Bogotá D.C., a los [] del mes de [] de [].


Por FINTRIXS S.A.S.


Juan Carlos Traslaviña Abaunza C.C. 1.030.660.671 Representante Legal Suplente

Por la CONTRAPARTE


[Nombre] [C.C./NIT]

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