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03.5 — ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS — MODELO
Código: PDP-005 Versión: 1.0 — 16 de abril de 2026 Uso: Plantilla aplicable a empleados, contratistas, proveedores, aliados y terceros con acceso a datos personales o información confidencial de Fintrixs.
Soporta la pregunta P7 de los Due Diligence.
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES (NDA + DPA)
Entre los suscritos, a saber:
- FINTRIXS S.A.S. (en adelante, "FINTRIXS"), sociedad identificada con NIT 901.994.194-3, representada legalmente por quien firma al final de este documento; y
- [NOMBRE DEL CONTRATISTA / PROVEEDOR / EMPLEADO] (en adelante, la "CONTRAPARTE"), identificad@ con [C.C./NIT] No. [], domiciliad@ en [].
Han convenido celebrar el presente acuerdo, conforme a las siguientes cláusulas:
Cláusula 1. Objeto
Regular la protección de la información confidencial y el tratamiento de datos personales a los que la CONTRAPARTE tenga acceso con ocasión de la relación con FINTRIXS.
Cláusula 2. Información confidencial
Se considera información confidencial, sin limitarse a:
- Datos personales de titulares, comercios, empleados y aliados.
- Información financiera, transaccional y de tarjetahabientes (incluido PAN y CVV).
- Código fuente, arquitectura, credenciales, llaves criptográficas.
- Estrategias comerciales, precios, márgenes y proyecciones.
- Cualquier información marcada o que razonablemente deba considerarse como confidencial.
Cláusula 3. Obligaciones de la CONTRAPARTE
- Guardar estricta reserva sobre la información confidencial.
- Utilizarla únicamente para el cumplimiento del objeto contractual.
- No copiar, reproducir, transmitir, publicar o divulgar la información a terceros sin autorización escrita.
- Aplicar las mismas medidas de seguridad que FINTRIXS utiliza para proteger la información confidencial (cifrado, control de acceso, MFA, registro).
- Suscribir acuerdos equivalentes con cualquier subcontratista (cadena de confidencialidad).
- Notificar a FINTRIXS cualquier incidente de seguridad dentro de las 24 horas siguientes a su conocimiento.
- Devolver o destruir la información al finalizar la relación contractual, conforme a las instrucciones de FINTRIXS.
Cláusula 4. Tratamiento de datos personales — DPA
Cuando la CONTRAPARTE tenga calidad de encargado del tratamiento bajo la Ley 1581 de 2012:
- Tratará los datos únicamente conforme a las finalidades autorizadas y las instrucciones de FINTRIXS como Responsable.
- Implementará medidas técnicas y organizativas apropiadas (mínimo cifrado en reposo y tránsito, control de acceso por roles, MFA, logs y auditoría).
- Permitirá auditorías de seguridad por parte de FINTRIXS o de terceros independientes contratados por FINTRIXS.
- Atenderá, en coordinación con FINTRIXS, las solicitudes de ejercicio de derechos ARCO de los titulares.
- Notificará incidentes de seguridad que involucren datos personales dentro de las 24 horas siguientes a su detección.
- No realizará transferencias internacionales sin autorización expresa y sin cumplir con los artículos 26 y 27 de la Ley 1581/2012.
Cláusula 5. Duración
La obligación de confidencialidad subsistirá durante la relación contractual y por 5 años adicionales posteriores a su terminación. La obligación de protección de datos personales se mantendrá mientras la CONTRAPARTE conserve datos de FINTRIXS.
Cláusula 6. Propiedad intelectual
Toda la información confidencial y los productos derivados son propiedad exclusiva de FINTRIXS. La CONTRAPARTE no adquiere ningún derecho por la suscripción de este acuerdo.
Cláusula 7. Incumplimiento
El incumplimiento dará lugar a:
- Indemnización integral de los perjuicios causados (daño emergente y lucro cesante).
- Una cláusula penal equivalente al 20% del valor del contrato principal o, en ausencia de contrato remunerado, a una suma mínima de 50 SMMLV.
- Las acciones penales, civiles y administrativas que correspondan, incluyendo las previstas por la Ley 1581 de 2012 y el Código Penal (arts. 269A y ss).
Cláusula 8. Jurisdicción
Se somete al derecho colombiano y a la jurisdicción ordinaria de Bogotá D.C. Las controversias se resolverán, en primera instancia, mediante conciliación ante centro autorizado y, en su defecto, judicialmente.
Cláusula 9. Contacto y notificaciones
- FINTRIXS:
info@fintrixs.com/cumplimiento@fintrixs.com— Cra 78 No. 17-55, Of. 704, Bogotá. - CONTRAPARTE:
[____].
Para constancia, se firma en dos ejemplares del mismo tenor, en Bogotá D.C., a los [] del mes de [] de [].
Por FINTRIXS S.A.S.
Juan Carlos Traslaviña Abaunza C.C. 1.030.660.671 Representante Legal Suplente
Por la CONTRAPARTE
[Nombre] [C.C./NIT]